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¿Conviene elegir a nuestros jueces en las urnas?

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SI DE VERAS VAMOS A ELEGIR A LOS JUECES FEDERALES, HABRÍA QUE COMENZAR CON LOS LOCALES, NOS DICE EL AUTOR, LUEGO DE ECHAR UN OJO A LA BIBLIOGRAFÍA EN ESTADOS UNIDOS

Su análisis podría comenzar con las respuestas a preguntas como:

¿Se trata de todos los jueces o solo de algunos? si es para algunos, ¿cuáles y por qué? ¿por qué ahora? ¿quién gana y quién pierde si se implementa la propuesta? ¿existen ejemplos con los cuáles podamos hacer comparaciones? ¿hay razones que permitan pensar que nuestro sistema judicial será mejor si se adopta esta propuesta?

En la bibliografía especializada, ¿cuáles autores respaldan la propuesta y cuáles la combaten?

Una manera de contestar estas y otras preguntas es solicitar respuestas a quien formuló la propuesta. Si no cuenta con respuestas claras, significa que no estamos ante una propuesta analizada.

Elabore usted una lista de posibles ventajas y desventajas.

Una vez que tenga su listado, comience el análisis y llegue a sus conclusiones; luego, confróntelas con las de otras personas.

El propósito es que los electores podamos confrontar aquello con lo que no estamos de acuerdo y defender lo que nos parece correcto desde una posición bien informada y analizada.

Las alternativas son: a)comprar discursos prefabricados y renunciar a nuestra capacidad de razonar propuestas hacia la definición de nuestro voto, o b) no involucrarnos en algo que nos atañe directamente.

Recuerde que usted va a pagar el salario de esos jueces y, más importante, quizá algún día termine litigando un asunto ante alguna de esas personas juzgadoras. No se desaliente: hay textos que le pueden ayudar a andar el camino.

En la edición de noviembre de 2009, volumen 123, la revista Harvard Law Review publicó un texto de la profesora Pamela Susan Karlan, (Electing Judges, Judging Elections, and the Lessons of Caperton-Harvard Law Review), en el que concluye que la elección de jueces vía voto popular no es una decisión aislada; está indisolublemente interconectada con otras decisiones, como el financiamiento de la campaña, la ética en las promesas electorales y los mecanismos para combatir el riesgo de parcialidad judicial.

El texto nos puede ayudar a detonar preguntas como ¿la elección de los jueces también la organizaría el INE? ¿el Consejo de la Judicatura los podría remover?.

Una aproximación diferente es la de Aaron-Andrew P. Bruhl y Ethan J. Leib, en Elected Judges and Statutory Interpretation, publicado en The University of Chicago Law Review, volumen 79 (2012), en la que los egresados de Yale se preguntan si los jueces electos realizan un proceso de interpretación normativa distinto al de los jueces que no les deben el cargo a las urnas.

¿Los incentivos de unos y otros para aplicar el Derecho son diferentes? ¿son más proclives hacia una interpretación “cercana a la gente” en temas de medio ambiente, salud, educación o pensiones?

Otro punto de vista lo aporta el politólogo James L. Gibson, en su libro Electing Judges: The Surprising Effects of Campaigning on Judicial Legitimacy, de acuerdo con la evidencia empírica, la fecha de la elección de los jueces es relevante.

No es lo mismo que coincida con otras elecciones para cargos públicos o que sea la única elección a la que acudirán los electores ese día.

Queda claro que no es un tema de “todo o nada”, por el contrario ¿votación para llegar y para mantenerse en el cargo? ¿designación para llegar, pero votación para mantenerse? ¿votación para llegar al cargo, pero sin necesidad de volver a las urnas? ¿votación directa o indirecta?

Stephen Choi, egresado de Harvard y profesor de Derecho en NYU School of Law, junto con G. Mitu Gulati y Eric A. Posner, en Professionals or Politicians: The Uncertain Empirical Case for an Elected Rather than Appointed Judiciary, publicado en The Journal of Law, Economics, and Organization, volumen 26 (2010), analizan el desempeño de los jueces en comparación con el método de su elección:
¿Los jueces electos por voto popular hacen mejores sentencias que quienes no son electos? ¿son más reflexivos y analíticos? ¿emiten más sentencias?

Otros textos disponibles son Judicial Elections in the 21st Century (2016) y In Defense of Judicial Elections (2009), ambos de los politólogos Chris W. Bonneau (Pittsburgh University) y Melinda Gann Hall (Michigan State University).

Como se puede ver, hay bibliografía especializada.

La mala noticia es que la mayoría se refiere a jueces locales de Estados Unidos, donde más de 80% pasa por alguna modalidad de respaldo popular. No así los jueces federales y ministros de la Suprema Corte nacional.

Si los promotores de la elección popular de jueces están convencidos de la bondad y pertinencia de su propuesta, un primer paso es impulsar las reformas necesarias para que cada entidad decida lo que a su derecho convenga.

A fin de cuentas, en 1932, lo dijo el Ministro Louis D. Brandeis en New State Ice Co. v. Liebmann:

“Uno de los felices incidentes del sistema federal es que un solo estado valiente puede, si sus ciudadanos lo desean, servir como laboratorio; e intentar nuevos experimentos sociales y económicos sin riesgo para el resto del país”.

Los tiempos electorales llegaron y con ellos, propuestas para atraer la atención del electorado. La gama va desde ideas construidas hasta ocurrencias de último minuto para avivar un mitin.

Una propuesta que llegó con la temporada es la elección de jueces a través del voto popular. Si esta idea le parece interesante, le invito a que la analice antes de adoptar una posición.